Instrucciones Autoliquidación por Alta en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Descripción del trámite


Desde este trámite podrá obtener el documento del primer pago del impuesto para poder realizar la matriculación del vehículo y darlo de alta en las bases de datos del Ayuntamiento y de la Jefatura Provincial de Tráfico.

¿Quién debe realizar el trámite?


Este trámite lo podrán realizar tanto el sujeto pasivo titular del vehículo o bien su propio representante.

¿Cómo se puede realizar el trámite?


Lo podrá realizar de dos formas distintas:

  • Presencialmente en las oficinas del ayuntamiento.
  • Mediante Internet.

Autoliquidación mediante Internet


Para realizar el trámite mediante Internet es necesario realizar las siguientes tareas:

  1. Rellenar el formulario que aparece en la pantalla que se visualiza al pulsar Trámite en la ventana anterior.
  2. Realizar la confirmación de los datos introducidos.
  3. Imprimir el documento de autoliquidación que aparece en pantalla.
  4. Con este documento, realizar el pago en las entidades bancarias relacionadas en el anexo del documento, o en la dirección de internet https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es.html (IMPORTANTE: imprimir justificante de pago).

Plazos


La autoliquidación por alta de vehículo la deberá realizar al adquirir un vehículo nuevo, dentro de los 30 días hábiles a contar desde la fecha de adquisición y con carácter previo a su matriculación.

Documentación necesaria


Para finalizar el procedimiento deberá solicitar la matrícula en la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que deberá aportar la siguiente documentación:

  • Tarjeta de Inspección técnica del vehículo.
  • NIF o CIF del titular del vehículo.
  • Documento que acredite el pago de la autoliquidación por alta.

Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación


Datos del Adquiriente

Deberá constar el nombre completo y el domicilio de la persona física o jurídica que vaya a figurar como titular del vehículo en el permiso de circulación.


Datos del Representante

En el caso que sea necesario, se cumplimentará el nombre completo, así como el domicilio de la persona que actúa como representante del anterior.


Datos del Vehículo

Consigne los datos que figuran en el Certificado de características técnicas del vehículo.


Cuotas


Las tarifas anuales para los distintos tipos de vehículos según su potencia fiscal son las siguientes:


Potencia y Tipo de Vehículo Cuota Anual
AUTOBUS - AUTOBUSES 21 PLZ (0.01 - 20) 96.63
AUTOBUS - AUTOBUSES 21 A 50 PL (21 - 50) 137.62
AUTOBUS - AUTOBUSES 50 PLZ (51 - 9999999) 172.03
CAMION - CAMIONES 1000 KG (0.01 - 999.99) 49.04
CAMION - CAMIONES 1000-2999KG (1000 - 2999) 96.63
CAMION - CAMIONES 2999 A 9999 (2999.01 - 9999) 137.62
CAMION - CAMIONES 9999 KG (9999.01 - 9999999) 172.03
MOTOCICLETA - MOTOCL. HASTA 125 CC (0.01 - 125) 6.81
MOTOCICLETA - MOTOCL. 125 A 250 CC (125.01 - 250) 8.78
MOTOCICLETA - MOTOCL. 250 A 500 CC (250.01 - 500) 17.57
MOTOCICLETA - MOTOCL. 500 A 1000CC (500.01 - 1000) 35.14
MOTOCICLETA - MOTOCICLETAS 1000CC (1000.01 - 9999999) 70.27
REMOLQUE - remolques 0 a 750 kg (0.01 - 750) 0.00
REMOLQUE - REMOLQUES 751 A 999 (751 - 999) 20.50
REMOLQUE - REMOLQUE 1000 A 2999 (1000 - 2999) 32.21
REMOLQUE - REMOLQUES 2999 KG (2999.01 - 9999999) 96.63
TRACTOR - TRACTORES 16 CVF (0.01 - 15.99) 20.50
TRACTOR - TRACTORES 16 A 25 CV (16 - 25) 32.21
TRACTOR - TRACTORES 25 CVF (25.01 - 9999999) 96.63
TURISMO - TURISMOS 8 CVF (0.01 - 7.99) 14.64
TURISMO - TURISMOS 8 A 11.99CF (8 - 11.99) 39.53
TURISMO - TURISMOS 12 A 15.99 (12 - 15.99) 83.45
TURISMO - TURISMOS 16 A 19.99 (16 - 19.99) 103.95
TURISMO - TURISMOS 20 CVF (20 - 9999999) 129.92

Normativa Aplicable


  • Ordenanza Fiscal Municipal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
  • Texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.